Ejemplos de contratos de compraventa

¿Qué entendemos por compraventa? Según se recoge en el artículo 1445 del Código Civil “por el contrato de compra y venta uno de los contratantes se obliga a entregar una cosa determinada y el otro a pagar por ella un precio cierto, en dinero o signo que lo represente”. Se considera que este tipo de contrato es constituida en el momento en el que ambas personas llegan a un acuerdo en la entrega y en el precio del objeto en cuestión, por lo que no hace falta que se haya entregado como tal.

Las características que tiene el contrato de compraventa son los siguientes:

  • Oneroso: no es gratuito porque se fija un precio, teniendo en cuenta que el comprador ha acordado pagarlo.
  • Bilateral: se crean obligaciones y derechos para el comprador y el vendedor del contrato.
  • Típico: tiene individualidad propia y se rige por normas específicas reguladas por la ley.
  • Consensual: la perfección surge gracias al consentimiento entre las partes.

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Ejemplos de contrato de trabajo

El contrato de trabajo es una herramienta fundamental para que el mercado laboral funciona de forma adecuada, ya que se muestran cuáles son las condiciones y las tareas encargadas al trabajador bajo las órdenes del empresario. Los términos que se presentan en este convenio bilateral debe hacerse dentro de lo establecido por las leyes laborales del país o el territorio en el que se está firmando, de no ser así no es válido.

Se pueden clasificar de la siguiente forma:

  • Indefinido: sin una limitación temporal respecto a la realización de servicios.
  • Temporal: prestación de servicios durante un lapso de tiempo en concreto.
  • Formación: permitir una alternancia entre tareas y aprendizaje.
  • Prácticas: estudiantes o recién licenciados para una mejor cualificación y competencia profesional.

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Ejemplos de contratos de locación de servicios

La locación de servicios es un contrato consensual que tiene un origen muy lejano, concretamente en Roma se usaba para aquellas personas que vendían su emplea a cambio de un precio, siempre en dinero, conocido como merces. Entonces, este concepto se define como un acuerdo totalmente voluntario por ambas partes, en la que una de ellas le paga una retribución a la otra por poner a disposición sus servicios de forma personal.

Cabe señalar que este tipo de contrato no garantiza que el objetivo se vaya a cumplir perfectamente, pero igualmente el locador debe recibir su dinero,  teniendo en cuenta que así se llama una de las partes, mientras que la otra se conoce como locatario, y es quien debe retribuir por los servicios prestados.

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