¿Qué se entiende por acto administrativo? Cualquier manifestación o declaración de los poderes públicos que tiene el Estado provistos de aptitudes de desarrollo y aplicación de conocimientos propios a través del método científico para implantar su intención sobre los intereses, libertades y derechos de ciertos sujetos públicos. También se puede entender de la siguiente forma: un acto jurídico en el que un organismo que forma parte del Estado muestra su voluntad de forma unilateral, externa y precisa para determinar algo sobre una materia en concreto.
Hay 3 características importantes:
- No es una actividad bilateral, ni tampoco una manifestación de opiniones públicas.
- Se halla sujeto al derecho administrativo.
- Debe respetar en todo momento el ordenamiento aunque no tenga carácter normativo.