El acto jurídico se define como un escrito que firman las diferentes partes habiendo llegado a un acuerdo unánime, siempre y cuando se respeten los cláusulas legales que se instauran en cada circunstancia. En las mismas se crean, modifican o transfieren unos derechos y unas responsabilidades que deben cumplir ambas personas físicas o jurídicas.
Para que la voluntad que declara un individuo sea apreciada como un acto jurídico tiene que juntar varias condiciones obligatorias que demanda la normativa dependiendo cada caso y que se llaman elementos esenciales y de validez.
El acto jurídico es una manifestación de voluntad con el objetivo de ocasionar unos resultados de derecho y para poner en práctica la teoría se van a mostrar unos ejemplos de actos jurídicos.
Ejemplos de actos jurídicos unilaterales
El acto jurídico unilateral es aquel que existe en caso de que solo se necesite la asistencia de una única persona, esto quiere decir que el declarante manifiesta su voluntad para que se de ese acto.
- La oferta y la aprobación en el desarrollo de constitución del beneplácito.
- La disipación legal del matrimonio.
- El desahucio de la vivienda.
- La declaración de la última voluntad que realiza una persona.
- El representado opta por una persona llamada representante para que le represente frente a un acto en concreto.
- La comunidad representada por un administrador.
- El registro de nacimiento y de defunción.
- La anulación de una concesión o el abandono del precepto.
- El testador quien a través de su voluntad encarga o autoriza a otra que es el albacea a que realice el cumplimiento de su voluntad.
- El asentimiento o el rechazo de un legado.
- El reconocimiento o la repudiación de un hijo.
- El registro de distintos tipos como:
- Derechos de autor
- Derechos de propiedad intelectual
- Registro de la propiedad ante notario
- Derechos de una patente
Ejemplos de actos jurídicos bilaterales
El acto jurídico bilateral o multilateral es aquel en el que se necesita la declaración de voluntad de las partes que están implicadas que como mínimo deben ser dos.
- La transferencia del dominio, es decir, una modificación en el agente registrado en dicha gestión.
- La restitución de lo ajeno.
- La renuncia de una posesión a cambio de que se devuelva.
- La cesión de derechos.
- La resciliación, es decir, la libertad de la voluntad de todas las partes al declarar que el acto jurídico acordado en su tiempo, queda anulado.
- La permuta.
- Una fianza a modo de dejar una cantidad de dinero como garantía.
- El crédito que te presta un organismo con un aval de reembolso y pago de intereses.
- El divorcio donde participan ambas personas.
- La novación hipotecaria, es decir, la variación sobre algún punto en concreto de la garantía gravada, reconocida después de la firma.
- El registro de una empresa.
- El matrimonio civil formalizado ante las autoridades civiles.
- El contrato de diferentes tipos como:
- Mercantil
- De trabajo
- De compra-venta de un coche
- De un crédito
- De una inversión a plazos
- De una compra-venta de un hogar
- De un seguro de vida
- De prestación de servicios entre dos individuos
- De hospitalización